El Protagonismo del Hombre Andino Ante el Derecho y la Sociedad Colonial
Quien se imagina a los hombres andinos, a los indios de la época colonial, como seres totalmente pasivos, indiferentes e inactivos frente al derecho impuesto por los españoles, quien cree esquemáticamente que con la conquista desapareció de inmediato y por completo el ordenamiento jurídico inca y los diversos ordenes normativos no escritos que precedieron a éste último, iniciándose el desarrollo lineal o unidireccional de un solo derecho, basado exclusivamente en las influencias o permisiones del derecho castellano; quien supone que a partir de la dominación española y durante el virreinato, los incas y los hombres andinos dejaron de ser absolutamente protagonistas del derecho, está plenamente equivocado.
Pues, la invasión y conquista española, no anularon la historicidad del hombre andino; no anularon su capacidad de ser sujeto, de ser actor social; como tampoco pudieron cancelar su cultura, sus estructuras socio-económicas e ideológicas, ni sus costumbres. El mismo sistema jurídico Inca, si bien es cierto que perdió vigencia, también es innegable que sus huellas no desaparecieron de inmediato por completo, ya que la derogación sociológica de las normas que rigen una colectividad organizada como bien dice CARBONNIER: no es algo que suceda de la noche a la mañana, sino que toma su tiempo(1),
Y así pues, muchos elementos del orden normativo inca o de formas de derecho más locales, profundamente arraigadas, como corresponde a los derechos consuetudinarios, persistieron tercamente en el tejido de la vida cotidiana indígena, inter-actuando con el Derecho colonial español e indiano, favorecidos por la subsistencia de cierta cosmovisión andina, de ciertas tradiciones míticas y por la continuidad de instituciones socio-políticas precolombinas, que el régimen colonial mantuvo en función a sus intereses, tales como los curacazgos o cacicazgos, o las formas de organización para el trabajo y la producción como la mita, el ayni, la minka, y con todo ello: la pervivencia de la reciprocidad andina.
En cuanto al hombre andino, al indígena, como autor y creador en la Historia y el Derecho, es algo verificable que al menos su élite, su clase política o pensante, que también la tenían, sobrepuesta del derrumbe, del trauma cósmico que significo para los indios la conquista[2]; siguió actuando y pensando de una manera adaptada a las nuevas circunstancias; tal es así, que a partir del último tercio del siglo XVI, los supervivientes de dicha élite, explicarán y enjuiciarán la invasión española y la consiguiente derrota de su pueblo, redactando contundentes alegatos jurídicos y políticos, de reivindicación y defensa de su sociedad. No otra cosa constituyen, obras capitales del pensamiento andino peruano, como son: LOS COMENTARIOS REALES del Inca Garcilaso de la Vega o LA NUEVA CORONICA Y BUEN GOBIERNO de Guamán Poma de Ayala. Ambas obras, solo por citar a dos de las más conocidas "cronicas" de autores andinos coloniales, son antes que nada: vibrantes tratados de reivindicación política y jurídica de las sociedades andinas y de sus gentes.
En este intento, que respondía además a intereses y motivaciones socio económicas muy claras, los nobles indios y mestizos, al emitir su propia visión de lo que fue su sociedad, su cultura y lo que significó para ellos la conquista; dieron forma a un conjunto de ideas jurídicas fundamentales, polémicas y decisivas para su época; ideas que los dignificaban ante el derecho español e indiano, ideas que tomaron y desarrollaron a partir de los aportes conceptuales de eminentes juristas y humanistas españoles, como FRANCISCO DE VICTORIA y BARTOLOME DE LAS CASAS, adaptados a su visión propia de las cosas; y cuya culminación radical se concretizaría en el Perú virreinal del siglo XVIII, con el estallido de las grandes revueltas, rebeliones y alzamientos indígenas, de corte incaísta.Cabe añadir, que por otra parte, del siglo XVI al XVIII, se aprecia, que muchos curacas y lüderes étnicos indígenas, aprendieron a utilizar los mecanismos legales y administrativos que les ofrecía el sistema colonial, para tratar de conseguir mejoras en su status y en su dignidad o para impugnar instituciones como la mita o los repartos. Todo ello configura la interactuación del hombre andino con la sociedad y el derecho colonial que les había sido impuesto.
[1] CARBONNIER, Jean: SOCIOLOGIA JURIDICA, Editorial Tecnos, Madrid, 1977, pp.120.
[2] WACHTEL, Nathan, desarrolla ampliamente el cataclismo que significó para los indios la conquista en su obra: LOS VENCIDOS, Alianza Editorial, Madrid, 1976.
by: mario h. ortiz nishihara | Visitas Totales: 22 | Palabras: 859 | Fecha: Thu, 20 Nov 2008 Hora: 9:08 PM | 0 comentarios
